La Entidad

El origen

La idea de crear, entre quienes se encuentran vinculados a Italia por lazos de cultura o de sangre, una Entidad con capacidad de brindar a la comunidad emprendimientos culturales de jerarquía, fue lo que convocó al grupo de personas que finalmente crearon la Fundación Italia.
Nuestra Entidad, luego de operar de hecho desde el año 1985, motorizada por el relevante aporte del Dr. Raimondo Celi, entonces Cónsul General de Italia en Rosario, se regulariza y el día 4 de Noviembre de 1989 celebra la asamblea fundacional, suscribiéndose por escritura pública el acta constitutiva el día 15 de Mayo de 1990.

Fundación Italia

Giuseppe Antonio Borgese enseña que la creación de Italia no se debió a la labor de reyes y guerreros, sino a la obra de un poeta: Dante, quién con el efecto portentoso de su Divina Comedia crea una nación. Coincidiendo con este pensamiento, la Fundación Italia adopta la efigie del divino poeta como su emblema.

El objeto

La Fundación Italia tiene por objeto Promover la cultura, difundiendo la ciencia, el arte y la técnica. Fomentando el intercambio cultural entre Argentina e Italia. Aspira a constituírse cada vez más en un operador relevante tanto del quehacer cultural de nuestra ciudad, como del intercambio cultural con Italia. En este esfuerzo tiene comprometidas todas sus energías.

Instrumento Constitutivo: Escrituras públicas Nros. 72,73 y 74 suscriptas el 15 de Mayo 1990 ante la Escribana Aída Jaison de Wandenberghe y Nros. 323 y 360 suscriptas el 28 de Mayo de 1998 ante el Escribano Héctor Premoli.


Aspectos formales

Personería Jurídica: Otorgada por el Gobierno de la provincia de Santa Fe; Fiscalía de Estado, Inspección General de Personas Jurídicas; mediante Resolución Nro.069 del 24 de Febrero de 1999, por la que también se aprueba su Estatuto. Exención impositiva: Otorgada por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos A.F.I.P. Mediante la emisión del Certificado Nro. 857-00003-2002 (709) de fecha 10/06/2002 que la declara comprendida, sin límite de tiempo, en la exención contemplada en la Ley Nro. 20.628, TO en 1997, Artículo 20 inciso f) de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Fecha de cierre ejercicio social: El 31 de Diciembre